“El CTCP no es competente para interpretar las disposiciones tributarias ni las normas que regulan los procesos de extinción de dominio, ni para pronunciarse sobre los efectos jurídicos de dichos procesos o las actuaciones de las autoridades competentes. En consecuencia, las inquietudes relacionadas con esos asuntos deberán ser resueltas por las entidades competentes. Desde el punto de vista técnico-contable, el reconocimiento de intereses asociados a obligaciones tributarias deberá efectuarse conforme al marco técnico normativo de información financiera aplicable a la entidad, cuando los efectos jurídicos correspondientes den lugar al reconocimiento de una obligación y se cumplan los criterios de reconocimiento previstos en dicho marco. Véanse también los Conceptos 2022-0557 y 2022-0345, además del Oficio 2024-115 – 096479 de la Superintendencia de Sociedades.”
Concepto CTCP 0168 de 2026
$ 5.900
“Reconocimiento de Pasivo por intereses de mora – Sociedad bajo administración de la SAE”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |