“… se causa el Impuesto cuando se eleva a escritura pública el respectivo documento de que trata el inciso 3o del artículo 519 del Estatuto Tributario. La expresión «enajenación a cualquier título», de que tratan tanto el inciso 3o del artículo 519 del Estatuto Tributario como el parágrafo 3o de esta misma norma, comprende las transferencias a título gratuito. El artículo 673 del Código Civil señala que la sucesión por causa de muerte es uno de los modos de adquirir el dominio.”
Oficio Dian 6453 de 2023
$ 5.900
“Impuesto de Timbre Nacional – Causación – Base gravable – Sujetos pasivo”
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |