“Cuando los inmuebles terminados de una entidad constructora cumplen los requisitos para ser clasificados como inventarios, se entendería que ellos no requieren un proceso de elaboración posterior, y por ello las cuotas de administración pagadas deberían ser contabilizadas directamente en el estado de resultados. Lo mismo ocurriría si los inmuebles fueran reclasificados a propiedades, planta y equipo, por un cambio de uso del activo, esto es de un bien que se tiene para la venta en el curso normal de negocios a un bien que se tiene para la producción de bienes o servicios o para propósitos administrativos. “>”
Concepto CTCP 1133 de 2019
$ 5.900
“Reconocimiento cuotas de administración”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |