Concepto CTCP 0063 de 2019

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“Reconocimiento ingresos en contratos con clientes”

” Fundamentado en los hechos y circunstancias, y solo para efectos contables, podrían presentarse varias opciones para la contabilización de los ingresos y gastos, dependiendo de si se trata de un contrato de construcción o de prestación de servicios: Efectuar la causación de los ingresos con fundamento en el porcentaje de obra realizada, cuyo monto puede ser establecido a partir del porcentaje de los costos incurridos, por el trabajo incurrido hasta la fecha, en relación con los costos totales estimados. En el caso de que se trate de un contrato de prestación de servicios, si el resultado del contrato no puede estimarse con fiabilidad una entidad podría reconocer los ingresos de actividades ordinarias solo en la medida de los gastos reconocidos que se consideren recuperables. Si fundamentado en los hechos y circunstancias no se cumplen los criterios para el reconocimiento de los ingresos, la entidad podría capitalizar los costos como un inventario de un prestador de servicios, los cuales serían amortizados en la medida en que los ingresos y gastos son reconocidos. En todo caso, se tendrán en cuenta las disposiciones fiscales sobre impuestos corrientes y diferidos, así como las retenciones que resulten pertinentes.”

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