Concepto CTCP 0107 de 2019

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“Documentos de soporte”

” Es viable que la entidad genere mediante un software los documentos de soporte y no los imprima, (Art. 124 y 128 del Decreto 2649/93) siempre que se deje evidencia en los comprobantes de contabilidad en dónde se encuentran los documentos que lo soportan (Art. 123 Decreto 2649/93), no obstante, debe asegurarse que en el momento en que sean requeridos los documentos de soporte, estos puedan ser impresos (Arts. 123 y 128 del Decreto 2649/93). Además, los documentos deben conservarse por diez años (Art. 28 del Código de Comercio).”

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