” El responsable de los estados financieros deberá analizar los hechos y circunstancias y toda la información disponible, para determinar si la copropiedad adquiere derechos u obligaciones con respecto al pago de la cuota mensual para pertenecer al grupo, o si solo actúa como un intermediario y los derechos y obligaciones corresponden a los copropietarios. En el caso en que la copropiedad adquiera derechos u obligaciones, esta deberá reconocer los importes de las cuotas, cuando sean exigibles, como un ingreso en el estado de resultados, y los gastos correspondientes, por la causación de las cuotas, como un gasto cuando ellos sean exigibles. Si la copropiedad actúa solo como intermediario, los recursos recibidos se contabilizarán como recursos recaudados de terceros, estableciendo los fondos de efectivo restringidos que resulten pertinentes.”
Concepto CTCP 0285 de 2019
$ 5.900
“Registro cobros adicionales en las expensas comunes”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |