” Le recomendamos identificar los elementos de propiedades, planta y equipo que fueron objeto de revaluación, para establecer si su reconocimiento y ajuste al valor razonable es un tratamiento permitido en el marco técnico aplicado por la copropiedad, en el caso de una copropiedad de uso residencial las zonas comunes y otros activos que forma parte de la copropiedad, no deben ser objeto de reconocimiento en los estados financieros de la copropiedad, salvo que ellos hayan sido desafectados por los copropietarios en favor de la copropiedad. Para una mayor comprensión de ello, y de los activos que pueden ser reconocidos en la contabilidad de la copropiedad le recomendamos revisar la orientación técnica No. 15, en la que el CTCP se refirió a la contabilidad de las copropiedades de uso residencial o mixto.”
Concepto CTCP 0517 de 2019
$ 5.900
“Reconocimiento de propiedad, planta y equipo”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |