Concepto CTCP 0731 de 2019

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“Inhabilidad del revisor fiscal”

” Cuando el Contador Público haya actuado como Asesor Externo y sea requerido para actuar como Revisor Fiscal, en un período posterior, no existiría impedimento para ejercer como Revisor Fiscal en un período posterior, dado que las actividades desarrolladas como Asesor Externo no están contenidas en las funciones asignadas al Revisor Fiscal. Así mismo, las inhabilidades para el contador público son taxativas y el Art. 51 de La Ley 43 de 1990, tampoco establece una inhabilidad en estos casos.”

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