” El registro del descuento deberá reconocerse teniendo en cuenta la transacción que la originó. Si el dinero recibido proviene de una relación contractual, esta no se reconoce como un ingreso, sino como un menor valor del costo del servicio contratado o producto adquirido. Si el dinero o descuento recibido corresponde a un contrato firmado para varios periodos contables, entonces deberá reconocerse un pasivo no financiero por la parte correspondiente a los periodos futuros donde dicho descuento no ha sido aplicado.”
Concepto CTCP 0841 de 2019
$ 5.900
“Descuentos por servicios en propiedad horizontal”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |