” Teniendo en cuenta lo estipulado en el artículo 2° de la Ley 43 de 1990, el CTCP considera que no sería función del contador de la entidad certificar una partida presupuestal, una adición o traslado presupuestal, a menos que el contador en calidad de empleado o contratista, tenga como función ser el jefe de presupuesto de la respectiva entidad.”
Concepto CTCP 0902 de 2019
$ 5.900
“Certificación de partidas presupuestales”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |