Concepto CTCP 0969 de 2019

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“Cambio de revisor fiscal al área de recursos humanos”

” Un revisor fiscal deberá esperar a que transcurra un año contado a partir del retiro del cargo como revisor fiscal, para prestar servicios profesionales como empleado de personas naturales o jurídicas a quienes haya auditado o controlado en su carácter de funcionario público o revisor fiscal, en virtud de lo requerido por el artículo 48 de la ley 43 de 1990.”

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