” …la materialidad definida en la Sección 10 del Anexo 2 del D.U.R. 2420 de 2015 será considerada por la administración de la Organización al momento de efectuar ajustes y corregir errores en la información financiera, mientras que la materialidad definida en el Anexo 4 del D.U.R. 2420 de 2015, será considerada por parte del revisor fiscal para efectos de establecer si las incorrecciones detectadas en la información financiera afectan de manera considerable la razonabilidad de las cifras y la adecuada toma de decisiones por parte de los usuarios de la información.”
Concepto CTCP 0424 de 2020
$ 5.900
“MATERIALIDAD – CONTADOR PÚBLICO – REVISOR FISCAL”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |