” Respecto de la fecha de fecha de causación de las cuotas extraordinarias, esta se realizará cuando se establezca el derecho a recibirlas, lo cual es distinto de la fecha de pago. Esto es consecuencia de que una copropiedad aplica una base contable de devengo o causación o no una base de caja, por ello el reconocimiento inicial deberá hacerse cuando la asamblea apruebe el cobro de las cuotas extraordinarias, fecha en la cual se establece el derecho de cobro para la copropiedad.”
Concepto CTCP 0700 de 2020
$ 5.900
“Reconocimiento cuotas extraordinarias”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |