” La norma específica aplicable para el registro y contabilización de los ingresos en el Fondo Nacional de Fomento de la Papa es, la Sección 24, Subvenciones del Gobierno, contenida en el Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificaciones y adiciones. El porcentaje de administración que el fondo recibe por la administración de los recursos se debe tratar como ingresos de actividades ordinarias y su metodología está establecido en la Sección 23 del mismo Anexo.”
Concepto CTCP 0787 de 2020
$ 5.900
“Ingresos por subvenciones”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |