” Si la entidad realiza un avalúo sobre sus activos y su política de medición posterior es el modelo del costo, y no desea para una determinada clase de elementos de propiedad, planta y equipo medirla por el modelo de la revaluación, no está obligada a revelar el valor razonable de los mismos, a menos que de manera voluntaria decida realizarlo.”
Concepto CTCP 0959 de 2020
$ 5.900
“Medición Posterior – Activos Fijos”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |