” La responsabilidad del revisor fiscal cesa cuando se ha inscrito su renuncia ante el registro mercantil (por parte de la entidad, o por parte del revisor fiscal) administrado por la Cámara de Comercio respectiva, y siempre que su renuncia fue presentada en debida forma y ante quien deba realizarla, cosa diferente es que su nombre siga permaneciendo inscrito en el registro mercantil.”
Concepto CTCP 0979 de 2020
$ 5.900
“Renuncia del Revisor Fiscal”
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |