” Teniendo en cuenta que la consulta hace referencia a obligaciones de reporte de las sociedades fiduciarias, entidades que son vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, y dadas las competencias de este consejo, le recomendamos que eleve su consulta directamente a la Superintendencia Financiera de Colombia, para que sea ella quien dé respuesta a sus inquietudes. Ahora, el marco de información financiera aplicado deberá ser el requerido según las disposiciones legales, y ello podría diferir dependiendo del tipo de entidad, en este caso, podría tratarse de la contabilidad de los partícipes, o del vehículo que se constituye para el proyecto. Las actuaciones de la sociedad fiduciaria deberán estar fundamentadas en el contrato que suscribe esta entidad con los beneficiarios del patrimonio autónomo.”
Concepto CTCP 1124 de 2020
$ 5.900
“Cambio Grupo NIIF 1 a 3 Superfinanciera – informe XBRL”
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |