“Como se ha reiterado en la doctrina, la vinculación del revisor fiscal mediante designación por la asamblea, lo cual debe constar en el acta respectiva y la aceptación explícita de éste, constituye lo que jurídicamente se conoce como un contrato realidad, acta y aceptación que es exigida por la Cámara de Comercio respectiva o entidad ante quien se inscriba su designación, lo cual es obligatoria. No se exige contrato diferente por cuanto la vinculación se efectúa entre el contador y la asamblea como máximo órgano de dirección de la entidad. Véanse, además, los Conceptos 2023-0060, 2023-0058, 2023-0050, 2022-0424 y 2020-0006.”
Concepto CTCP 0233 de 2023
$ 5.900
“Contrato y remuneración del revisor fiscal en PH”
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Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
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