“… el presupuesto debe ser elaborado y presentado por el Administrador de la copropiedad al Consejo de Administración, si existe, y a la Asamblea de Propietarios para su aprobación definitiva, de incluirse dentro del mismo el cobro de valores retroactivos o de vigencias anteriores y estos sean aprobados por parte de la asamblea, deberá ser ésta la que resuelva las inquietudes formuladas al respecto, atendiendo lo establecido en la Ley y el reglamento de propiedad horizontal. Cualquier queja al respecto o impugnación de las decisiones de la asamblea, debe hacerse ante la Alcaldía de su jurisdicción.”
Concepto CTCP 0311 de 2023
$ 5.900
“Inquietudes Presupuesto – P.H.”
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |