“… de conformidad con el artículo 456 de la Ley 190 de 19957, “todas” las personas jurídicas están obligadas a llevar contabilidad de acuerdo con las normas que expida el Gobierno. En Colombia, la preparación y presentación de la información contable y financiera válida se rige por el Decreto Único Reglamentario – DUR 2420 de 2015, el cual establece la aplicación de los diferentes marcos técnicos contables: Anexo 1 – NIIF Plenas, Anexo 2 – NIIF para las Pymes o Anexo 3 – NIF para Microempresas. Es importante destacar que en Colombia no se realiza una preparación y presentación de contabilidad fiscal, en su lugar, se lleva a cabo una conciliación fiscal para determinar el valor de las obligaciones tributarias de acuerdo con el Estatuto Tributario. Véase también los Conceptos 2022-0501 y 2020-0917. “
Concepto CTCP 0334 de 2023
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“Propiedad Horizontal – Obligación de llevar contabilidad”
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Cantidad de descargas | Precio final unitario |
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