Concepto CTCP 0372 de 2023

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“Obligación de tener revisor fiscal en una ESAL”

“… una entidad sin ánimo de lucro está obligada a nombrar un revisor fiscal solo cuando exista una norma legal que lo obligue, en caso de no existir se aplicaría de forma extensiva a los requerimientos de ingresos y activos de la Ley 43 de 1990. Si no existe obligación, la entidad podría contratar los servicios de auditoría o revisión, los cuales son prestados por contadores públicos. Véanse, además, los Conceptos 2023-0328, 2021-0153 y 2021-0057.”

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