Concepto CTCP 0447 de 2023

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“Cuentas por cobrar a aseguradora”

“… las cuentas por cobrar solamente se deben dar de baja de los activos, cuando se pierden los derechos legales para su recuperación, o haya prescrito toda posibilidad de acción sobre las mismas. Ahora bien, de acuerdo con los lineamientos definidos en la Norma Internacional de Contabilidad – 16 Propiedades, Planta y Equipo, en cuanto al registro contable correspondiente al siniestro, se debe dar de baja el valor total del activo con cargo al gasto, dado que se pierde el control sobre el activo y no se espera recibir beneficios económicos futuros por su uso o disposición. (Véase párrafo 67 – baja en cuentas – NIC 16 – Anexo No. 1 DUR 2420 de 2015).”

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