“… las cuentas por cobrar solamente se deben dar de baja de los activos, cuando se pierden los derechos legales para su recuperación, o haya prescrito toda posibilidad de acción sobre las mismas. Ahora bien, de acuerdo con los lineamientos definidos en la Norma Internacional de Contabilidad – 16 Propiedades, Planta y Equipo, en cuanto al registro contable correspondiente al siniestro, se debe dar de baja el valor total del activo con cargo al gasto, dado que se pierde el control sobre el activo y no se espera recibir beneficios económicos futuros por su uso o disposición. (Véase párrafo 67 – baja en cuentas – NIC 16 – Anexo No. 1 DUR 2420 de 2015).”
Concepto CTCP 0447 de 2023
$ 5.900
“Cuentas por cobrar a aseguradora”
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |