“Respecto al reconocimiento de los ingresos en la venta de bienes, se recomienda seguir las pautas establecidas en los párrafos 23.10 a 23.13 de la NIIF para las Pymes. En el caso de una transacción que involucre mercancías en consignación, bajo las cuales un receptor (comprador) se compromete a vender los bienes por cuenta del consignador (vendedor), “el consignador reconoce el ingreso de actividades ordinarias cuando los bienes son vendidos por el receptor a un tercero”. Para el reconocimiento de los ingresos de las actividades ordinarias, se recomienda seguir las directrices establecidas en la Sección 23. Es esencial tener en cuenta que este proceso debe reflejar de manera fiel la realidad de los hechos, aplicando la característica cualitativa de la información financiera de esencia sobre forma. Para preparar el Estado de Situación Financiera de Apertura – ESFA, se debe aplicar la Sección 35 – Transición a la NIIF para las Pymes.”
Concepto CTCP 0496 de 2023
$ 5.900
“Reconocimiento del ingreso”
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |