“… cualquier determinación relacionada con el incremento de las cuotas de administración debe ser deliberada y acordada en la Asamblea General de Copropietarios, conforme a las normativas legales vigentes y los procedimientos estipulados en el reglamento de la propiedad horizontal. Es importante recalcar que esta responsabilidad recae exclusivamente en los propietarios y no constituye una función ni una responsabilidad del contador público o del revisor fiscal.”
Concepto CTCP 0112 de 2024
$ 5.900
“Aumento de expensas ordinarias en PH”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |