“En referencia a la consulta y de acuerdo al párrafo inicial, es importante señalar que el CTCP no tiene competencia para abordar asuntos relacionados con copropiedades, como los planteados por el peticionario. No obstante, de conformidad con la Ley 675 de 2001, se establece la facultad que tienen las asambleas para determinar dentro de sus estatutos sanciones de carácter pecuniario y no pecuniario. Estas sanciones serán aplicables directamente a los copropietarios, pero también pueden ser aplicadas a los tenedores o usuarios de los bienes. Véanse, también, los Conceptos 2023-0411 y 2021-0604, así como el Documento de Orientación Técnica No. 15 – Copropiedades de Uso Residencial o Mixto (Grupo 1, 2 y 3).”
Concepto CTCP 0162 de 2024
$ 5.900
“PH – Expensas comunes y cuentas por cobrar”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |