“… el CTCP no tiene competencia para conceptuar acerca de la impugnación de decisiones del máximo órgano de la copropiedad, ni las decisiones que se hayan dado por la “supremacía de un propietario mayoritario”. Este proceso deberá ser llevado a cabo y considerado por el peticionario conforme a lo establecido en el artículo 49 de la Ley 675 de 2001.”
Concepto CTCP 0164 de 2024
$ 5.900
“Temas varios de la Propiedad Horizontal”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |