Concepto CTCP 0293 de 2024

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“Límite en el ejercicio de revisorías fiscales”

“… la prohibición del artículo 215 del Código de Comercio hace referencia al ejercicio efectivo del cargo de Revisor Fiscal en más de cinco “sociedades por acciones”, sea que quienes las desempeñen lo hagan indistintamente en calidad de principales o suplentes, y no a la simple posibilidad de ejercerla. Por ello, el sólo nombramiento como revisor fiscal suplente no cuenta dentro del límite de las (5) revisorías fiscales definidas en el artículo enunciado.”

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