“… no existe un impedimento expreso en el que se prohíba que el contador externo de una copropiedad sea cónyuge del presidente o algún miembro del consejo de administración de la copropiedad. Situación diferente sería si pretende avalar con su firma los estados financieros en calidad de revisor fiscal debido a que el artículo 50 de la Ley 43 de 1990 lo prohíbe expresamente. Véanse, también, los Conceptos 2024-0222 y 2021-0338“
Concepto CTCP 0296 de 2024
$ 5.900
“Contador externo PH – cónyuge Presidente Consejo”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |