“Aunque no existen normas explícitas que prohíban que un profesional desempeñe simultáneamente el rol de liquidador y contador en una entidad en liquidación, esta situación no es recomendable. Esto se debe a que no se enmarca dentro de los principios fundamentales del control interno, como la división de funciones y la separación de responsabilidades, que ayuda a garantizar la transparencia y el control adecuado en la gestión de las organizaciones. Por lo tanto, los estados financieros deben estar firmados por el profesional en su calidad de contador, y los informes del liquidador deben estar firmados por esa misma persona, pero en su rol de liquidador. Aunque se trate de la misma persona, las firmas deben reflejar los dos roles que desempeña. Véanse, además, los Conceptos 2024-0079 y 2020-0894, además del Oficio 220-108782 de la Superintendencia de Sociedades.”
Concepto CTCP 0338 de 2024
$ 5.900
“Firma de Estados financieros – Entidad en liquidación”
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |