“El fondo de imprevistos se establece para atender obligaciones o gastos imprevistos, formado por un recargo no inferior al uno por ciento (1%) sobre el presupuesto anual de gastos comunes y otros ingresos que la asamblea general considere pertinentes. Es importante tener en cuenta que la creación de fondos especiales en una copropiedad corresponde a la asamblea de copropietarios y no es una cuestión de las normas de contabilidad e información financiera. Véanse además, sobre el tema, los Conceptos 2024-0075, 2022-0476, 2022-0299, 2022-0045, 2021-0291 y 2018-0445, además del Documento de Orientación Técnica No. 15 – Propiedades Horizontales de uso residencial o mixto Grupos 2 Y 3.”
Concepto CTCP 0362 de 2024
$ 5.900
“Fondo de Imprevistos – P.H.”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |