“… una entidad que este construyendo una propiedad, planta y equipo y que aplique los marcos técnicos normativos correspondientes al Grupo 2 (Anexo 2 – D.U.R. 2420 de 2015), no puede capitalizar los costos por préstamos (intereses financieros) como un mayor valor del activo. La entidad debe ceñirse a lo establecido en el párrafo 25.2 de la NIIF para las Pymes. Véase, además, el Concepto 2019-0425.”
Concepto CTCP 0364 de 2024
$ 5.900
“Capitalización de intereses – Grupo 2”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |