“Cuando se produce un cambio de control en una inversión debido a una fusión por absorción, y no se presenta ni la venta ni la cesión de las acciones, debe aplicarse lo indicado en la NIIF 10 en relación con la pérdida de control. Esto implica realizar los ajustes correspondientes tanto en los estados financieros consolidados como en los estados financieros separados. La inversión resultante tras la fusión, medida nuevamente en la fecha en que se pierde el control, se considerará como el valor razonable al momento del reconocimiento inicial de un activo financiero, conforme a lo establecido en la NIIF 9. Alternativamente, si la inversión califica como una asociada o negocio conjunto, su valor inicial será reconocido como costo, según corresponda. Véase, también el Concepto 2023-0375.”
Concepto CTCP 0420 de 2024
$ 5.900
“Cambio en inversión por pérdida de control”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |