“La contabilidad puede gestionarse mediante cualquier medio, siempre que cumpla las disposiciones legales y normativas. Los documentos contables deben garantizar su conservación, autenticidad, integridad, seguridad y exactitud, según la Ley 1314 de 2009, el Decreto 019 de 2012 y la Ley 527 de 1999. Además, es obligatorio llevar los libros oficiales de contabilidad, los cuales deben conservarse por 10 años así como los documentos contables, conforme a la Ley 962 de 2005 y el Artículo 60 del Código de Comercio. Véanse, además, los Conceptos 2024-0402 y 2021-0425, así como el Documento de Orientación Técnica – DOT 15 – Actualizado – Propiedades horizontales de uso residencial o mixto grupos 2 y 3.”
Concepto CTCP 0446 de 2024
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“PH – Temas varios (Contabilidad, libros, conservación)”
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