“La información fiscal no constituye un sistema contable paralelo a la contabilidad financiera. Más bien, implica la aplicación y cumplimiento de las obligaciones tributarias conforme a los marcos normativos en materia fiscal. No obstante, es adecuado que los valores reportados en las declaraciones tributarias sean coherentes y razonables frente a las cifras reflejadas en la contabilidad financiera de la entidad, preparada conforme al Decreto Único Reglamentario DUR 2420 de 2015, y ajustada mediante conciliaciones fiscales de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto Tributario. El contador público, como garante del cumplimiento normativo, debe velar por la integridad, razonabilidad y trazabilidad de la información fiscal, sin que ello implique la duplicación de libros contables ni la generación de riesgos asociados a posibles irregularidades. Véase, además, el Concepto 2023-0334.”
Concepto CTCP 0059 de 2025
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“Contabilidad fiscal vs Contabilidad financiera”
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