“El revisor fiscal no debe asumir funciones decisorias relacionadas con la administración de la entidad a la cual presta sus servicios, como la de tomar decisiones en la Asamblea de copropietarios, que no le son competentes a ese órgano de fiscalización, ya que hacerlo podría representar una amenaza para el cumplimiento de los principios legales y éticos comprometiendo su independencia, objetividad y responsabilidad profesional. Véase, además, el Concepto 2024-0186.”
Concepto CTCP 0088 de 2025
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“Funciones del revisor fiscal y coadministración PH”
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