“El tratamiento contable para dar de baja de la contabilidad los préstamos recibidos por la copropiedad se encuentra incorporado en el marco técnico normativo al que pertenezca la copropiedad conforme el DUR 2420 de 2015. Si la copropiedad se encuentra clasificada en el grupo 2, deberá revisar la sección 11 (párrafos 11.36 a 11.38), en tanto sí se encuentra clasificada en el grupo 3, deberá aplicar el capítulo 10, párrafo 10.5. Véanse además, de manera comlementaria, los Conceptos 2024-0191, 2024-0100, 2023-0502, 2021-0489, 2021-0290 y 2020-0895.”
Concepto CTCP 0191 de 2025
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“Reconocimiento pasivos en PH”
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Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
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