“Es procedente destinar los resultados acumulados generados por la adopción de NIIF acompensar las pérdidas acumuladas de la ESAL, hasta el monto total de las pérdidas. Esta operación es una reclasificación interna de las cuentas patrimoniales que no implica distribución o reinversión de resultados. La decisión de realizar dicha compensación debe ser previamente sometida al máximo órgano social de la entidad, conforme a sus estatutos. Véanse, además, los Conceptos 2024-0118 del CTCP y 2024-115 – 070880 de la Superintendencia de Sociedades.”
Concepto CTCP 0192 de 2025
$ 5.900
“Compensación de pérdidas acumuladas con resultados acumulados por adopción de NIIF”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |