“La muerte del titular no extingue automáticamente un contrato de administración delegada. En este caso, el contrato continua vigente con la sucesión ilíquida del causante hasta tanto que se realice la partición y adjudicación de bienes. Posteriormente, los herederos, asumen las obligaciones y derechos del contrato, atendiendo a las excepciones y consideraciones importantes que se hayan establecido. En los contratos de administración delegada, corresponde al contratista (mandatario) revelar y reconocer en su información financiera y contable: el valor de las obligaciones con terceros que se derivan del desarrollo del contrato suscrito bajo la modalidad de administración delegada (pasivo), y el valor de los ingresos por honorarios (comisión) que percibe el ente económico por concepto de la administración del contrato, contra la cuenta de efectivo, o cuenta por la administración del contrato, según corresponda.”
Concepto CTCP 0225 de 2025
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“Comisiones en contratos de administración delegada, tras fallecimiento del mandante.”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |