“De manera general, el tratamiento contable aplicable a la transferencia de activos desde una ESAL hacia una nueva fundación depende de la sustancia económica de la operación. La administración deberá evaluar si la transferencia constituye una contribución sin contraprestación, lo cual implicaría un registro en resultados y la baja de los activos entregados, o si corresponde, en realidad, a un proceso de reorganización institucional, en cuyo caso la operación se asimila a una escisión, dando lugar a la baja de los activos y pasivos asociados y al reconocimiento de la contrapartida directamente en el activo neto (patrimonio), sin afectar el estado de resultados. La identificación adecuada de los hechos y circunstancias, así como de la composición del activo neto relacionado con la actividad transferida, es esencial para asegurar que la información financiera refleje la realidad económica de la transacción y sea presentada conforme a los principios y requerimientos del marco técnico normativo vigente.”
Concepto CTCP 0292 de 2025
$ 5.900
“Aportes fundacionales entre Entidades sin Ánimo de Lucro”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |