Concepto CTCP 0293 de 2025

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“Cuentas por cobrar indebidas”

“Los consumos indebidos realizados por el representante legal no pueden reconocerse como gasto de la empresa, dado que no cumplen la definición de gasto establecida en los marcos técnicos NIIF, y, en consecuencia, deben registrarse como una cuenta por cobrar, pues la entidad conserva un derecho exigible sobre estos recursos, aun cuando la persona no reconozca voluntariamente la obligación. Solo si, después del proceso de cobro, existe evidencia de irrecuperabilidad, la entidad deberá reconocer el deterioro correspondiente como una pérdida, sin perjuicio del posterior castigo contable en caso de no existir ninguna probabilidad de recuperación. Respecto al catálogo de cuentas, véanse los Conceptos 2024-0386, 2024-0061, 2021-1156 y 2020-0902, entre otros.”

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