“Los recursos no ejecutados derivados del convenio entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) y Confecámaras no se reconocen automáticamente como un pasivo, salvo que la Cámara de Comercio, en ejecución de los recursos, haya asumido obligaciones exigibles, mediante la suscripción de contratos u otros instrumentos jurídicos vinculantes que generen obligaciones ante terceros. Mientras no exista tal obligación, dichos recursos se mantienen como activos de la entidad, sujetos a una restricción afectados a su finalidad específica, y deben revelarse en las notas a los estados financieros, indicando, entre otros, la naturaleza, finalidad, montos, vigencia y condiciones de ejecución, así como cualquier condicionamiento relevante, conforme a la NIC 1 para entidades que aplican NIIF plenas y en la Sección 8 de la NIIF para las PYMES, con el fin de proporcionar información clara, suficiente y útil a los usuarios de los estados financieros.”
Concepto CTCP 0315 de 2025
$ 5.900
“Reconocimiento NIIF de recursos no ejecutados con destinación específica”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |