“La legalización de los anticipos a proveedores debe efectuarse con base en la ocurrencia de las transacciones y en los soportes que las sustentan. La imputación de las facturas en orden cronológico constituye un criterio operativo de registro válido, siempre que refleje la ocurrencia del hecho económico, la ejecución contractual y esté respaldado por evidencia suficiente, resultando compatible con las normas sobre registros y libros del Anexo 6 del Decreto Único Reglamentario DUR 2420 de 2015. En consecuencia, una política contable que establezca dicho procedimiento, aplicada de manera consistente, resulta alineada y compatible con el marco técnico normativo.”
Concepto CTCP 0023 de 2026
$ 5.900
“Legalización parcial de anticipos”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |