“En las copropiedades, los bienes comunes no se reconocen como activos en la contabilidad de la persona jurídica, de conformidad con los criterios de reconocimiento previstos en los marcos técnicos normativos expedidos en desarrollo de la Ley 1314 de 2009, los cuales han sido objeto de orientación e interpretación para este tipo de entidades en el Documento de Orientación Técnica No. 15 (DOT 15), actualizado el 18 de junio de 2024, en la medida que no se configura el elemento de control exigido por dichos marcos en cabeza de la persona jurídica . En consecuencia, la clasificación de erogaciones como “activos en construcción” solo procede cuando se cumplan los criterios de reconocimiento aplicables, en caso contrario, deberán reconocerse atendiendo su realidad económica. Véanse también, de manera complementaria, los Conceptos 2025-0243, 2025-0234, 2025-0103, 2021-0637, 2020-0513, 2019-1045 y 2019-0171, además del Documento de Orientación Técnica No. 15 (DOT 15), actualizado el 18 de junio de 2024.”
Concepto CTCP 0084 de 2026
$ 5.900
“PH – Reconocimiento contable de bienes comunes”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |