“El reconocimiento de los retornos administrativos debe efectuarse conforme a los criterios de reconocimiento y medición establecidos en el marco técnico normativo aplicable. En consecuencia, el principio de devengo no implica, por sí solo, el reconocimiento de un ingreso, pues se requiere que sea probable la obtención de beneficios económicos futuros y que su importe pueda medirse de forma fiable. Si al cierre del período no existe una base suficiente que permita determinar o estimar de forma fiable el importe del ingreso, este se reconocerá cuando se cumplan los criterios establecidos para su reconocimiento. Véase también el Concepto 2025-0073.”
Concepto CTCP 0175 de 2026
$ 5.900
“ESAL – Criterios de reconocimiento del ingreso”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
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