“La separación contable depende de la naturaleza del flete dentro del contrato, es decir, de si constituye una obligación de desempeño distinta o si simplemente corresponde a una actividad necesaria para cumplir la obligación de entregar las prendas, de acuerdo con la NIIF 15. El impuesto diferido se determina de acuerdo con la NIC 12, incorporada en el Anexo para el Grupo 1 del DUR 2420 de 2015. El análisis se realiza principalmente a partir de las diferencias temporarias entre el importe en libros de activos y pasivos y sus bases fiscales. Y aquí conviene aclarar que no toda diferencia entre contabilidad y tributación genera impuesto diferido. Véanse, además, los Conceptos 2025-0126, 2024-0414, 2024-0050, 2023-0588, 2023-0587, 2023-0528, 2023-0430, 2023-0408 y 2021-0644, entre otros”
Concepto CTCP 0186 de 2026
$ 5.900
“Reconocimiento de ingresos en exportaciones”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
| Cantidad de descargas | Precio final unitario |
| 1 - 2 | $ 5.900 |
| 3 - 5 | $ 4.700 |
| 6 + | $ 3.500 |