“… el artículo 406 ibídem establece que deberán retener a título del impuesto sobre la renta, quienes hagan pagos o abonos en cuenta por concepto de rentas sujetas a impuesto en Colombia a favor de “Personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia”, entre otros casos. De acuerdo con lo contemplado en el régimen de pagos al exterior, y con base a los supuestos planteados, se deberá atender a la tarifa de retención en la fuente prevista en el artículo 415 del Estatuto Tributario, según corresponda.”
Oficio Dian 1425 de 2023
$ 5.900
“Retención en la Fuente por Enajenación de Activos Fijos”
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |