“En los términos del numeral 3 del artículo 857 del Estatuto Tributario y para el caso de los exportadores de servicios, debe entenderse por “operaciones” todas aquellas actividades que involucran la ejecución de los servicios exportados, así como la adquisición de bienes y/o servicios que dan lugar a impuestos descontables y están relacionados con dicha exportación. Esto, por cuanto unos y otros dan lugar a saldos a favor.”
Oficio Dian 2884 de 2023
$ 5.900
“Solicitudes de Devolución o Compensación”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |