“La protección animal está relacionada con las actividades meritorias previstas en los numerales 6 y 10 del artículo 359 del Estatuto Tributario, aunque las entidades sin ánimo de lucro interesadas en desarrollar actividades de protección animal y pertenecer al Régimen Tributario Especial deberán atender los demás requisitos y condiciones dispuestos en la Ley (cfr. artículos 356 y siguientes del Estatuto Tributario, entre otros) y su reglamentación (artículos 1.2.1.5.1.1. y siguientes del Decreto 1625 de 2016, entre otros) para ello.”
Oficio Dian 4548 de 2023
$ 5.900
“Impuesto sobre la renta y complementarios – Régimen Tributario Especial”
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |