“… el Oficio 903358 – interno 516 de abril 27 de 2022 resulta coherente al afirmar que “los peticionarios deberán evaluar, en cada caso particular, si los servicios de almacenamiento en puerto que presten los operadores portuarios son con motivo de movilización de la carga y, por tanto, son servicios portuarios excluidos de IVA, pues en caso contrario estarán sujetos al impuesto sobre las ventas”. Por tal motivo, el mismo se confirma en esta oportunidad.”
Oficio Dian 0851 de 2024
$ 5.900
“Impuesto sobre las ventas – Servicios excluidos”
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |