“… dado que el numeral 5 del artículo 1.6.1.4.1. del Decreto 1625 de 20162 indica que la expedición de la factura de venta comprende la generación, transmisión y validación y que esta se entiende expedida, cuando se entrega al adquirente en el momento de efectuarse la venta del bien y/o prestación del servicio, se concluye que tratándose del documento para el cobro de peajes el momento en el cual se debe generar y transmitir corresponde al paso de cada vehículo por la respectiva estación de peaje, indistintamente de la modalidad de recaudo utilizada. En este sentido, resulta de gran importancia que, para efectos de cumplir con la obligación formal de expedir factura o documento equivalente, se realicen los ajustes necesarios con el fin que la generación y transmisión se realice en el momento del paso de los vehículos.”
Oficio Dian 10214 de 2024
$ 5.900
“Documento equivalente electrónico para el cobro de peajes”
Precio unitario por volumen de descargas en una sola compra
Cantidad de descargas | Precio final unitario |
1 - 2 | $ 5.900 |
3 - 5 | $ 4.700 |
6 + | $ 3.500 |